viernes, 26 de junio de 2015

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO TEMA 11, 12, 13

Tema 11 - DOMINIO MARITIMO






El Derecho Del Mar: es el conjunto de principios y normas que regulan los espacios marinos,  y las relaciones entre los estados para la utilización del océano mundial, de su fondo, de su subsuelo, con fines diferentes.
En aquellos tiempos se empieza a desarrollar el Derecho del Mar el cual se empieza con las mediciones y estas eran hechas con un cañón, el cual era disparado y la medida de la trayectoria de la bala  era utilizada para tener la talla del mar territorial de ese estado  ribereño, por lo tanto todo el resto era el mar libre. En 1960 se comienzan a reunir diferentes estados, con la necesidad de identificar las zonas marítimas y establecer una distancia para todos los estados ribereños.
Clasificación que actualmente está vigente: se estableció desde el punto  ribereño hasta el mar libre 200 millas náuticas.
Las zonas del mar territorial se dividen en: En 1973 la ONU establece la división de las zonas marítimas de los estados ribereños de la siguiente forma:
1.   Mar Territorial: Es su soberanía como venezolano, es la soberanía marítima del Estado.
2.   Zona Contigua: Se puede definir como la zona adyacente al borde exterior del límite del mar territorial.
3.   Zona Económica Exclusiva: Un área situada más allá del mar territorial adyacente, que está sujeta al régimen jurídico  especifico establecido en esta parte de acuerdos con el cual los derechos y la jurisdicción del estado ribereño y los derechos del libertades de los demás estados. (ESTOS SON PUNTOS DE CONTROL)
4.   Plataforma Continental: Desde la punta de la ribera hasta la profundidad del agua, es el borde de la tierra. Esa plataforma continental es la extensión de la tierra o el subsuelo debajo del mar y toda esa riqueza marina es nuestra.
5.   Mar Libre: No está sometido a la soberanía de los Estados, sino a la ONU.
Hoyas hidrográficas: donde nace un rio.





La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CDM, o también CONVEMAR o CNUDM) es considerada uno de los tratados multilaterales más importantes de la historia, desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, siendo calificada como la Constitución de los océanos.
Fue aprobada, tras nueve años de trabajo, el 30 de abril de 1982 en Nueva York (Estados Unidos) y abierta a su firma por parte de los Estados, el 10 de diciembre de 1982, en Bahía Montego (Jamaica), en la 182.º sesión plenaria de la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, un año después de la 60.ª ratificación (realizada por Guyana).

TEMA 12 - DOMINIO FLUVIAL




Ríos: Son separaciones de tierra donde transita agua dulce y existen ríos internacionales y ríos internacionalizados, y son utilizados para el intercambio de comercio.
El continente americano tiene ríos INTERNACIONALES y el continente Europeo tiene ríos INTERNACIONALIZADOS.  En los Internacionales la soberanía la ejerce el estado por donde circula ese rio, pero en los ríos INTERNACIONALIZADOS están bajo un régimen internacional de administración.
Canales: Es una franja de tierra que permite un paso y existen los canales naturales y artificiales.
Naturales: el Canal de MAGALLANES, EL  ESTRECHO de BERIN
Artificiales: el CANAL DE PANAMA  (los que el hombre construye para su necesidad)



TEMA 13 - DERECHO AÉREO  

Es el poder que ejerce el estado sobre el espacio atmosférico que cubre el territorio, incluyendo el mar territorial. Es un poder vertical e infinito. Existe una organización internacional de aviación civil (OICA) (OACI).
Distintas conferencias sobre el espacio y derecho aéreo:
·         Conferencia de París: Se establece que sí se puede sobrevolar el espacio aéreo de los estados, siempre y cuando estos den su consentimiento.
·         Conferencia de La Habana: Vamos a aprovecha el espacio aéreo para los estados.
·         Conferencia De Santiago De Chile: se plantea la necesidad de la utilización del espacio aéreo a favor de los pueblos y que se regule, se crea un organismo que regule el espacio aéreo.
·         Conferencia de San Francisco: En esta se aprueba el sobrevuelo del espacio aéreo de los Estados y nace la aviación civil.
Se clasifica en 2 grupos
·           Público
·           Privado
Público: El que maneja los aviones del estado.

Privado: El que maneja el sector privado.

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